ASOCIACIONES
- Registro Oficial de Asociaciones Federadas (Ver)
Ley N°19.712 (Ley del Deporte) Título III De las Organizaciones Deportivas - Párrafo 1° Normas Básicas - Art. 32
Las organizaciones deportivas son personas jurídicas de derecho privado y para los efectos de la presente ley se consideran, a lo menos, las siguientes:
c) Asociación deportiva local, formada por a lo menos tres clubes deportivos, cuyo objeto es integrarlos a una federación deportiva nacional; procurarles programas de actividades conjuntas y difundir una o más especialidades o modalidades deportivas en la comunidad;
e) Asociación deportiva regional, formada por asociaciones locales o clubes de la respectiva Región cuando el número de éstos no permita la existencia de a lo menos tres asociaciones locales, cuyo objeto es organizar competiciones regionales y nacionales y difundir la correspondiente especialidad o modalidad deportiva;
Para iniciar el proceso de afiliación a la Federación, debe considerar la siguiente documentación:
- Estatutos de la asociación.
- Acta de asamblea donde se acuerda incorporación a la Federación Deportiva Nacional de Karate de Chile.
- Listado de deportistas o libro de socios por club.
- Certificado de vigencia asociación y clubes.
La Federación corrobora la información con el Departamento de Organizaciones Deportivas del IND.